ONU: Culminan informe final sobre participación en toma de decisiones de PPII

Servindi, 17 de agosto, 2011.- El Mecanismo de Expertos sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas (MEDPI) culminó los detalles del informe final sobre el derecho de los pueblos indígenas a participar en la adopción de decisiones, que presentará al Consejo de Derechos Humanos (CDH) el próximo mes de setiembre.

El Estudio Definitivo recoge los aportes efectuados en un segundo seminario (Ginebra), y en la tercera y cuarta sesiones del MEDPI y brinda ejemplos de buenas prácticas de participación de los pueblos indígenas en diferentes niveles para la adopción de decisiones.

Propone, además, medidas para que sean adoptadas por los Estados y los organismos internacionales y nacionales con el fin de garantizarlos.

Buenas prácticas

El informe final –que debe leerse junto con el informe preliminar– aborda las instituciones y procesos internos de adopción de decisiones de los pueblos indígenas, en casos como la gestión de recursos de las zonas y territorios de conservación originarios.

Una práctica ejemplar al respecto, en que la comunidad y las demás autoridades respetan estos procesos, es el sistema sasi utilizado en Haruku (Indonesia), con la cual generaciones de kewang o instituciones indígenas organizan a la comunidad para mantener su compromiso y unidad en la gestión de las poblaciones de peces y otros recursos costeros importantes.

Asimismo, se presentan otros casos en Panamá, Canadá y Estados Unidos.

El balance es positivo porque facilita la participación indígena en asuntos públicos y en cuestiones que pueden afectarlos.

Hay además varios ejemplos de parlamentos y organizaciones que contribuyen a tal fin como los parlamentos samis, creados en Noruega, Suecia y Finlandia.

Respecto a los sistemas jurídicos indígenas, una buena práctica se ubica en Bangladesh, en donde, de manera informal, el sistema de justicia de muchas comunidades indígenas se usa para dirimir controversias en cuestiones civiles y faltas leves.

En ese país, las instituciones de justicia tradicionales –los tres jefes de Círculo, los líderes mouzas y los karbaris de las aldeas–, complementan a las del Estado, y éstas a su vez, reconocen su competencia en las cuestiones relativas a las normas familiares consuetudinarias y a algunos derechos relacionados con las tierras y los recursos naturales.

Las mujeres indígenas desempeñan funciones decisorias en muchas sociedades indígenas, vinculadas a la cultura, las labores agrícolas y la alimentación. Se sabe también que las mujeres nagas del noreste de la India, cuyas comunidades siguen sumidas en conflictos, desempeñan un papel vital en el mantenimiento de la paz.

Sobre la participación en los mecanismos de adopción de decisiones vinculadas a las instituciones estatales y no estatales que afectan a los pueblos indígenas, se registran casos en procesos electorales y parlamentos, participación directa en la gestión de asuntos públicos y en sistemas híbridos de gobernanza.

Otro aspecto abordado en el informe se refiere al consentimiento libre, previo e informado. Prácticas óptimas al respecto se han realizado en la República Democrática del Congo, la Federación de Rusia, el Estado Plurinacional de Bolivia, Malasia, Australia y Canadá.

Medidas

En el documento final, el MEDPI (ver anexo del informe final: Opinión N°2 del Mecanismo de Expertos) contribuye a elaborar jurisprudencia sobre este derecho de los pueblos originarios y subraya algunas medidas que garanticen su ejercicio a cargo de los Estados y organismos nacionales e internacionales pertinentes.

Señala además que los Estados deben velar para que las consultas y negociaciones con los pueblos indígenas se efectúen con sus representantes, y que se cumplan los enunciados de la Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.

Un aspecto que resalta es el derecho que tienen los pueblos indígenas a participar en todos los niveles de la adopción de decisiones.

?Los Estados y las organizaciones internacionales y nacionales pertinentes deben velar por que los pueblos indígenas dispongan de la capacidad técnica y financiera necesaria para participar en las consultas y las actividades encaminadas a obtener su consentimiento, así como para participar en los procesos de adopción de decisiones a nivel regional e internacional?, refiere.

Otras sugerencias a los Estados se circunscriben al reconocimiento del derecho a la libre determinación, que supone el consentimiento libre, previo e informado; y el derecho de esos pueblos no solo a participar en los procesos de adopción de decisiones, sino también a determinar sus resultados.

Del mismo modo, insta a las Naciones Unidas a establecer un mecanismo o sistema permanente que permita entablar consultas con los órganos de los pueblos indígenas -incluidos los parlamentos, las asambleas, los consejos indígenas u otros- que garanticen su reconocimiento y participación en todos los niveles de la ONU.

Aportes recogidos

El estudio definitivo fue presentado en julio pasado por John Henriksen, expresidente del Mecanismo de Expertos durante la cuarta sesión de este órgano de la ONU que se realizó en Ginebra (Suiza).

En esa ocasión se señalaron las dificultades que persisten para la participación indígena, como los problemas para la obtención de visados a fin de participar en las reuniones internacionales.

Algunas organizaciones refirieron que las cuestiones de consulta y participación, en el ámbito internacional, se estaban enfocando como meras cuestiones de procedimiento, pero que se estaba soslayando su discusión como derechos sustantivos derivados del derecho de propiedad sobre tierras, territorios, recursos y su derecho de libre determinación.

Luego del debate, se señalaron aspectos que se incluirían en el estudio para su culminación. Uno de ellos fue la importancia de que las agencias de la ONU, que están obligadas por la Declaración a promover la aplicación de la misma y garantizar la participación, cumplan con este papel.

En ese sentido, preocupa la actuación del Comité del Patrimonio Mundial de la Unesco, que sigue sin tener en cuenta el consentimiento y participación de los pueblos indígenas afectados en sitios declarados patrimonios mundiales.

Los expertos pidieron a las organizaciones indígenas participar activamente en la elaboración de los informes enviando información escrita al MEDPI para que pueda ser incluida.

En el evento, la Alta Comisionada para los Derechos Humanos, Navanethem Pillay, se refirió a la situación de desventaja que sufren los pueblos indígenas en todas las regiones y la importancia crucial de la participación en la toma de decisiones para el disfrute de los demás derechos humanos.

En tanto, Ed John, miembro del Foro Permanente para las Cuestiones Indígenas (FPCI), refirió que esa entidad priorizará el tema de libre consentimiento informado previo, sobre el cual se desarrollarán directrices en colaboración con otros órganos como el MEDPI.

Próximas actividades

La presidenta del Consejo de Derechos Humanos de la ONU (CDH), Laura Dupuy, anunció que en setiembre de este año la 18ª sesión se dedicará a los derechos indígenas.

Se prevé que el 20 de setiembre, el CDH reciba tanto el informe anual de la Alta Comisionada, cuanto los informes del Relator Especial y del MEDPI.

Tras la presentación de los informes, se llevará a cabo diálogos interactivos y un panel sobre “El papel de los idiomas y culturas en la protección y promoción del bienestar y la identidad de los pueblos indígenas”.

El Consejo adoptará además una decisión sobre el futuro tema de trabajo del Mecanismo de Expertos.

Sobre ese punto, el informe provisional recoge propuestas, entre las que figura que el próximo estudio profundice el derecho de los pueblos indígenas a participar en la toma de decisiones centrándose en los casos de industrias extractivas.

Para el 2014, se organizará una sesión plenaria de alto nivel de la Asamblea General de la ONU con el título Conferencia Mundial sobre los Pueblos Indígenas. Al respecto, durante la 10ª sesión del FPCI, el Parlamento Sami de Noruega presentó una invitación para celebrar una conferencia indígena preparatoria en 2013, que fue acogida por el Foro.

En sus propuestas al CDH, el MEDPI señaló que el derecho a la plena participación indígena debe aplicarse en todas las futuras conferencias de la ONU y, en especial, en esta conferencia mundial. Propuso que el CDH acoja la propuesta del Parlamento Sami de Noruega y pidió a la Asamblea General y a los Estados que los resultados de esta conferencia preparatoria se integren en los resultados de la conferencia mundial.

Enlaces:

Informe_provisorio

Estudio_definitivo_del_MEDPI

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