- Crear capacidades para consulta previa, remediar contaminación antes de consultar y licitar lote 192, estudiar situación de poblaciones vulnerables antes de ampliar actividades en el lote 88, son algunas anticipos del informe.
Servindi, 14 de diciembre, 2013.- El relator James Anaya brindó el viernes 13 una conferencia de prensa donde comunicó "algunas observaciones y recomendaciones preliminares" que anticipan algunos asuntos que se verán reflejados en su informe al Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas.
En los próximos meses culminará el documento que identificará las buenas prácticas y las reformas necesarias para que el Estado peruano actúe en consonancia con sus obligaciones internacionales de derechos humanos.
Ellos están especialmente referidos en el Convenio sobre Pueblos Indígenas núm. 169 de la Organización Internacional de Trabajo, la Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas entre otros instrumentos internacionales.
Consulta previa
Sobre la consulta previa destacó que si bien existe un marco legal que ha dado pasos importantes el Estado peruano "todavía se encuentra en un proceso de construcción de su capacidad para implementar la consulta previa en términos metodológicos, logísticos y presupuestarios".
Destacó que una condición necesaria para el desarrollo de la consulta es la creación de "un ambiente de confianza mutua". Sin embargo, esta confianza se ve afectada por "las consecuencias devastadoras de proyectos extractivos en sus territorios".
Citó el caso de las cuencas de los ríos Pastaza, Tigre, Corrientes y Marañón donde los pueblos se han visto afectados por más de cuatro décadas de actividad petrolera.
Anaya declaró haber constatado personalmente "los serios problemas ambientales" y "la situación crítica" que existe en la zona que incluye la contaminación de los cuerpos de agua y suelos utilizados por los pueblos indígenas de esa región "lo que ha afectado sus fuentes de alimentación y su salud".
Advirtió que pese a los esfuerzos por mejorar las prácticas del proyecto "recientemente, la empresa Pluspetrol fue multada en relación con la laguna de Shanshococha por haber realizado actividades de remediación sin contar con el permiso correspondiente."
El relator expresó que "es necesario que el Gobierno y la empresa realicen mayores esfuerzos para asegurar la remediación ambiental en el Lote 1-AB sin dilatación por razones de una falta de claridad sobre la responsabilidad empresarial específica en este contexto".
Asimismo, consideró justa la petición de las comunidades para remedien ambientalmente las áreas contaminadas "como una precondición para entrar en el proceso de la consulta previa del lote 192 que se contempla licitar en 2015.
Camisea y pueblos vulnerables
Si bien el relator considera que el proyecto Camisea ha desarrollado una buena práctica para preservar la naturaleza y biodiversidad consideró que el "impacto social y humano" está sujeto a un amplio debate, considerando que el 75 por ciento del Lote 88 está dentro de una reserva para proteger a pueblos indígenas Machiguenga, Nahua, Nanti y otros en condición de aislamiento voluntario o contacto inicial.
Anaya consideró evidente que estas agrupaciones "son extremadamente vulnerables" por lo que el Gobierno y la empresa deben de actuar con la máxima cautela "y no proceder con la propuesta ampliación sin asegurar previamente y de manera conclusiva la no vulneración de sus derechos humanos".
Al respecto recomendó, entre otras medidas, que "el Gobierno haga un estudio exhaustivo, con la participación de todos los interesados y expertos competentes acerca de la presencia y las condiciones de los pueblos o agrupaciones indígenas no contactados en el área del Lote 88".
Además, consideró que el Gobierno debe realizar un proceso de consulta con los pueblos indígenas en el área del Lote 88, antes de tomar una decisión sobre la propuesta de ampliación del proyecto de explotación.
"Esta consulta debería incluir las comunidades indígenas en contacto inicial que se encuentran dentro de la reserva y que pudieran ver sus derechos afectados por la ampliación del proyecto, tomando debidamente en cuenta sus particularidades y condiciones de vulnerabilidad" precisó.
Minería y desarrollo
Anaya destacó que durante mi visita los dirigentes indígenas manifestaron reiteradamente que ellos "no se oponen al desarrollo, pero que ese desarrollo debe tener consonancia con sus derechos, incluyendo sus derechos sobre sus tierras, recursos naturales y sus propias aspiraciones y prioridades."
Observó que existen posiciones divergentes entre las comunidades indígenas y el ministerio de Energía y Minas respecto a la realización de procesos de consulta previa de proyectos mineros, por lo que continuará examinando el tema.
Expresó una notable preocupación por la minería de pequeña escala de manera informal o ilegal con consecuencias devastadoras para el medioambiente, y sin regulación y alentó al gobierno a "renovar esfuerzos para ofrecer a estos mineros un camino hacia la formalización".
Al respecto agregó la necesidad de "asegurar que los pueblos indígenas sean consultados con el fin de obtener su consentimiento libre, previo e informado en relación con los proyectos mineros existentes y futuros, así como alentar las iniciativas legítimas propias de los pueblos indígenas con respecto a actividades mineras."
Represión y libertad de expresión
Por último, James Anaya recalcó que "las personas y los pueblos indígenas pueden oponerse y expresar activamente su oposición a los proyectos extractivos" en virtud del derecho a la libertad de expresión y a la participación.
Además, "el enjuiciamiento de indígenas por sus actos de protesta no debe emplearse como método para reprimir su libertad de expresión, y debe realizarse únicamente en los casos en que hayan claros indicios de criminalidad".
Finalmente, señaló que el Perú "debería fortalecer sus esfuerzos para proporcionar a los pueblos indígenas los medios necesarios para que las autoridades competentes del Estado escuchen y atiendan sus preocupaciones."
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James Anaya dixit:
Sobre el derecho a la consulta previa
- "he constatado que se han dado pasos hacia la implementación de la consulta previa en el país, incluyendo en el contexto de proyectos de industrias extractivas. Sin embargo, estos pasos se encuentran todavía en sus fases incipientes y según lo expresado tanto por representantes del Estado como por parte de los pueblos indígenas, el Gobierno todavía se encuentra en un proceso de construcción de su capacidad para implementar la consulta previa en términos metodológicos, logísticos y presupuestarios."
- "Una condición necesaria para el desarrollo de la consulta previa es la creación de un ambiente de confianza mutua. Los pueblos indígenas en el Perú han sufrido a lo largo de los años las consecuencias devastadoras de proyectos extractivos en sus territorios, una historia que ha resultado en una deterioración de las relaciones entre los pueblos indígenas y el Estado, que todavía falta mucho por superar. Observo que el trabajo de la Oficina Nacional de Diálogo y Sostenibilidad de la Presidencia del Consejo de Ministros juega un papel importante en este sentido".
Desarrollo
- "Cabe notar que durante mi visita, dirigentes indígenas manifestaron reiteradamente que ellos no se oponen al desarrollo, pero que ese desarrollo debe tener consonancia con sus derechos, incluyendo sus derechos sobre sus tierras, recursos naturales y sus propias aspiraciones y prioridades para el desarrollo."
Problemas ambientales por actividad petrolera
- "Un ejemplo de las varias experiencias negativas con la extracción de recursos naturales en el Perú es la situación de los pueblos indígenas en las cuencas de los ríos Pastaza, Tigre, Corrientes y Marañón. Estos pueblos, por más de cuatro décadas, han sido afectados por la explotación petrolera en el Lote 1-AB en el departamento de Loreto."
- "He podido constatar personalmente los serios problemas ambientales que existen en esta zona a raíz de la actividad petrolera. Esto incluye la contaminación de los cuerpos de agua y suelos utilizados por los pueblos indígenas de esa región lo que ha afectado sus fuentes de alimentación y su salud. Cabe notar que la empresa Occidental Petroleum operó el proyecto hasta el 2000, cuando la empresa Pluspetrol asumió la posición contractual de operador. Desde este entonces, las practicas del proyecto han mejorado en términos ambientales, dentro de un contexto del desarrollo de estándares progresivamente más fuertes de controles ambientales al nivel nacional para la extracción de los recursos naturales. Sin embargo, recientemente, la empresa Pluspetrol fue multada en relación con la laguna de Shanshococha por haber realizado actividades de remediación sin contar con el permiso correspondiente."
- "La presencia de contaminación ambiental producto de la actividad petrolera durante las últimas cuatro décadas representa una situación crítica que debe ser atendida con la urgencia que merece. Esta situación de urgencia fue resaltada por el Ministerio del Ambiente al declarar este año “estados de emergencia” en las cuencas de los ríos Pastaza y Corrientes debido a la situación de contaminación en esas cuencas. Noto que la empresa ha expresado su disposición de asegurar que sus operaciones dentro de este lote cumplan con la normativa y estándares estatales. No obstante, es necesario que el Gobierno y la empresa realicen mayores esfuerzos para asegurar la remediación ambiental en el Lote 1-AB sin dilatación por razones de una falta de claridad sobre la responsabilidad empresarial especifica en este contexto".
- "La remediación ambiental de las áreas contaminadas ha sido identificada por las comunidades indígenas de las cuatro cuencas como una precondición para entrar en el proceso de la consulta previa que se contempla llevar a cabo en el contexto de la licitación de la concesión del lote que está prevista para el año 2015. Otras condiciones de las comunidades incluyen la titulación de sus tierras, una mayor presencia del Estado en la zona, indemnizaciones por 40 años de explotación petrolera, y la compensación por el uso de sus tierras para actividades petroleras. Coincido en que estas condiciones son justas y conducentes para un proceso de consulta productivo en relación con una posible nueva concesión petrolera en el área."
Camisea y pueblos vulnerables
- "Según la empresa y el Gobierno, en sus 12 años de operación el proyecto no ha resultado en una degradación de la biodiversidad ni en la contaminación de las aguas o del suelo en el área."
- "Se puede deducir que el actual proyecto Camisea en el Lote 88 es una buena práctica desde el punto de vista de la preservación de la naturaleza y biodiversidad. Sin embargo, otro asunto es el impacto social y humano que pueda tener el proyecto, lo que ha sido sujeto de un amplio debate, especialmente en vista de que aproximadamente el 75% del Lote 88 está dentro de una reserva establecida para proteger los pueblos indígenas Machiguenga, Nahua, Nanti y otros que están en condición de aislamiento voluntario o contacto inicial".
- "La empresa operadora del proyecto Camisea ha propuesto la ampliación de sus operaciones dentro del Lote 88, lo que implicaría nuevos trabajos intensivos de exploración y la construcción de nuevas instalaciones dentro del Lote. En su evaluación del Estudio de Impacto Ambiental elaborado por la empresa para la propuesta ampliación de sus operaciones, el Vice-Ministerio de Interculturalidad del Ministerio de Cultura ha resaltado varias preocupaciones acerca del potencial impacto de la ampliación del proyecto sobre la salud y bienestar de las agrupaciones indígenas no contactadas y en contacto inicial dentro y fuera del Lote 88. Es evidente que estas agrupaciones son extremadamente vulnerables, por lo que el Gobierno y la empresa deben de actuar con la máxima cautela y no proceder con la propuesta ampliación sin asegurar previamente y de manera conclusiva la no vulneración de sus derechos humanos".
- "Para ese fin, recomiendo que, entre otras medidas, el Gobierno haga un estudio exhaustivo, con la participación de todos los interesados y expertos competentes acerca de la presencia y las condiciones de los pueblos o agrupaciones indígenas no contactados en el área del Lote 88. Además, considero que, de acuerdo con las obligaciones internacionales del Perú bajo el Convenio No. 169 de la OIT sobre pueblos indígenas y tribales y otras fuentes, el Gobierno debe realizar un proceso de consulta con los pueblos indígenas en el área del Lote 88, antes de tomar una decisión sobre la propuesta de ampliación del proyecto de explotación. Esta consulta debería incluir las comunidades indígenas en contacto inicial que se encuentran dentro de la reserva y que pudieran ver sus derechos afectados por la ampliación del proyecto, tomando debidamente en cuenta sus particularidades y condiciones de vulnerabilidad."
- "Durante mi visita, llegué a la comunidad de Santa Rosa Serjalí, una comunidad Nahua que se encuentra dentro de la reserva y que se considera como una agrupación indígena en contacto inicial. Durante una asamblea de la comunidad, varios dirigentes y miembros de la comunidad, inclusive mujeres, jóvenes y ancianos, enfatizaron su deseo de ser partícipes en todas las decisiones que les pueden afectar y de hablar por si mismos. Además, reclamaron la falta de servicios básicos de salud, educación, agua potable y otros del Estado."
- "Considero que se debe ajustar la normativa que regula el contacto estatal con los integrantes de la reserva, en la medida necesaria para facilitar el suministro de servicios estatales a ésta y otras comunidades en condiciones semejantes de contacto inicial, y para la realización de consultas con ellas con respecto a las decisiones estatales que les puedan afectar. Asimismo, las instituciones estatales competentes deben de actuar de inmediato para asegurar el acceso efectivo de servicios de salud y los otros servicios básicos para estas comunidades."
Minería
- "Las comunidades indígenas con las cuales me reuní me informaron que no han sido consultadas con el fin de obtener su consentimiento libre, previo e informado en relación con las actividades mineras, situación que ha llevado en los últimos años a la oposición a estos proyectos entre varios sectores indígenas, así como en conflictos y protestas que han llegado en algunos casos a la violencia. A la vez, tomo noto de la posición del Ministerio de Energía y Minas de que sí se han llevado a cabo consultas en el contexto de estos proyectos, y por lo tanto continuaré examinando estas posiciones divergentes. Los pueblos indígenas también han expresado su preocupación por la contaminación que han dejado los proyectos mineros, que según ellos todavía no ha sido remediada."
- Lo que podría ser una consecuencia de la falta de oportunidades de los pueblos indígenas para participar en las actividades mineras y en los beneficios derivados de las mismas, es la existencia a través de la región andina de personas y grupos indígenas que se dedican a la minería de pequeña escala de manera informal o ilegal. Estas actividades están siendo desarrolladas con consecuencias devastadoras para el medioambiente, y sin regulación. Ante esta situación preocupante, el Gobierno debe renovar esfuerzos para ofrecer a estos mineros un camino hacia la formalización por medio de su registro y a la vez crear incentivos para asegurar su registro. Tomo nota que como parte de este proceso, es esencial una mayor presencia del Estado en las zonas donde se desarrolla la minería informal e ilegal y el fortalecimiento del marco regulatorio minero. Asimismo, es necesario asegurar que los pueblos indígenas sean consultados con el fin de obtener su consentimiento libre, previo e informado en relación con los proyectos mineros existentes y futuros, así como alentar las iniciativas legítimas propias de los pueblos indígenas con respecto a actividades mineras.
Represión a la libertad de expresión
- "(...) durante mis conversaciones con representantes de los pueblos indígenas esta última semana, se ha expresado reiteradamente su percepción de que son reprimidos por haberse opuesto a proyectos extractivos, a través de represalias o de imputaciones penales indebidas. Noto que en virtud del derecho a la libertad de expresión y a la participación, las personas y los pueblos indígenas pueden oponerse y expresar activamente su oposición a los proyectos extractivos. Además, el enjuiciamiento de indígenas por sus actos de protesta no debe emplearse como método para reprimir su libertad de expresión, y debe realizarse únicamente en los casos en que hayan claros indicios de criminalidad. Asimismo, el Perú debería fortalecer sus esfuerzos para proporcionar a los pueblos indígenas los medios necesarios para que las autoridades competentes del Estado escuchen y atiendan sus preocupaciones."
Nota: los subtítulos y negritas son nuestros.
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