Rechazan dictamen que penaliza adolescentes

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Servindi, 12 de noviembre, 2024.- La Comisión Episcopal de Acción Social (CEAS) rechaza por inconstitucional el dictamen del Congreso de la República que penaliza a los adolescentes de 16 y 17 años quienes podrían ser enviados a cárceles de adultos.

El dictamen fue aprobado en segunda votación y propone modificar el Código Penal y el Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes para incorporar a los adolescentes como imputables en el sistema penal.

La CEAS que cuenta con 59 años de acción pastoral en todos los establecimientos penitenciarios del Perú y en los centros de diagnóstico y rehabilitación, considera que tal iniciativa legal contraviene compromisos internacionales.

Por ejemplo, cita la Convención sobre los Derechos del Niño, que establece la responsabilidad de los Estados Partes para “el establecimiento de una edad mínima antes de la cual se presumirá que los niños no tienen capacidad para infringir las leyes penales”.

Además, dispone que lejos de imponer penas privativas de libertad, se deben implementar “diversas medidas (...) así como otras posibilidades alternativas a la internación en instituciones” (artículo 40).

También transgrede la Observación General 24 del Comité de los Derechos del Niños, por cuanto los adolescentes “… que no han alcanzado la edad mínima de responsabilidad penal en el momento de la comisión de un delito no pueden ser considerados responsables en procedimientos penales”.

De igual forma, rechaza los “sistemas con excepciones a la edad mínima”, por cuanto estas solo se “…llevan a cabo generalmente para responder a la presión de la opinión pública y no se basan en una comprensión racional del desarrollo del niño (fundamentos 20 y 25).

Mediante un comunicado la CEAS también advierte que el dictamen se opone a la Opinión Consultiva de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que declara que “menor de edad” es toda persona que no haya cumplido 18 años”.

Además, indica que “los menores de 18 años a quienes se atribuya la comisión de una conducta delictuosa deben quedar sujetos a órganos jurisdiccionales distintos de los correspondientes a los mayores de edad”.

Contravención de la normatividad nacional

El dictamen aprobado también colisiona con la Constitución Política del Perú que reconoce la “protección especial” para los adolescentes (artículo 4).

También el derecho a la igualdad ante la ley (artículo 2.2.) que se vería vulnerados al establecerse un “sistema de excepción” para determinados adolescentes por “tipos penales”, con la única finalidad de hacerlos responsables como un adulto.

También vulnera el Código de Responsabilidad de Adolescentes (Decreto Legislativo 1348), el mismo que reconoce la “responsabilidad penal especial” para adolescentes entre catorce (14) y menos de dieciocho (18) años edad.

En él se establece el “principio pro-adolescente”, por el cual toda “interpretación y aplicación de toda norma se debe privilegiar el sentido que optimice el ejercicio de los derechos del adolescente”.


Fuente de la imagen: diario El Peruano / Agencia Andina.

Exhortación de la CEAS

La Comisión Episcopal de Acción Social invoca a los poderes del Estado (Ejecutivo y Judicial) a impedir, cada uno desde sus funciones constitucionales, la promulgación de la propuesta normativa aprobada por el Pleno del Congreso.

Asimismo, llama a las instituciones autónomas involucradas en la prevención, procesamiento y reinserción de los adolescentes en conflicto con la ley penal a pronunciarse en contra de dicha propuesta.

Finalmente, demanda al Estado peruano a profundizar un análisis y reflexión crítica sobre el sistema de justicia juvenil, que nos lleve a una verdadera reforma con enfoque de justicia restaurativa.

Para ello se deben priorizar programas educativos de prevención e inclusión social de las/os jóvenes, dotándole de los recursos necesarios que posibiliten el logro de su misión.

 

Descargue el pronunciamiento
con un clic en el siguiente enlace:

https://goo.su/OIA1gnI

 

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