Foto: Inforegión
Servindi, 3 de marzo, 2012.- El Gobierno peruano publicó hoy el Reglamento de la Ley de Consulta Previa mediante el Decreto Supremo 001-2012-MC del ministerio de Cultura cuyo texto presenta una visión restrictiva al no incorporar los aportes indígenas en aspectos claves.
La norma, en síntesis, no recoge las propuestas más importantes de la Confederación de Nacionalidades Amazónicas (Conap) y Confederación Campesina del Perú (CCP), las dos organizaciones indígenas que continuaron el diálogo con el Gobierno peruano. Tampoco los principios mínimos no negociables formulados por el Pacto de Unidad (que integran Aidesep, CNA, Conacami y Onamiap).
Primero la concesión, después la consulta
La norma establece que la consulta previa deberá hacerse cuando se vaya a facultar el inicio de la actividad de exploración o explotación de los recursos naturales o cuando se prevea autorizar la suscripción de contratos (artículos 6 y 3 i).
Este punto crítico ya había sido cuestionado por varios especialistas y líderes indígenas que proponían efectuar la consulta antes del otorgamiento de las concesiones.
¿A quiénes se les consultará?
El Reglamento identifica a los pueblos indígenas recogiendo el marco establecido por el Convenio 169 de la OIT, sin embargo, se contradice al disponer que tanto las comunidades campesinas como las comunidades nativas "podrán" ser identificadas como pueblos indígenas o parte de ellos (Artículo 7 y 3 k).
En la legislación nacional existen varias normas que establecen la condición de pueblos indígenas para las comunidades campesinas y nativas.
Decisión final
La consulta previa formulada en la Ley 29785 y su reglamento deja en manos de las entidades promotoras de las medidas administrativas la decisión final (artículo 5 e del reglamento) de continuar los proyectos.
Antes de la publicación del reglamento, el ministro Luis Peirano había sostenido que la consulta era vinculante en el sentido de que debe hacerse. "El resultado de la consulta no es necesariamente vinculante", precisó.
Comisión multisectorial
La reciente norma dispone que la PCM cree una comisión multisectorial para el seguimiento de la aplicación de la consulta inetgrada por representantes del Ejecutivo. No contempla la inclusión de representantes indígenas, solo de expertos.
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