¿Hoy es OSINFOR más independiente que ayer?

Imagen: Fotocomposición de Gonzalo Chalco. Fuente: DAR Imagen: Fotocomposición de Gonzalo Chalco. Fuente: DAR

Si bien es necesario un OSINFOR fuerte y efectivo, no debemos olvidar que el propósito, el motivo de ese OSINFOR es la gestión sostenible de los bosques, para beneficio local, del país y del planeta. Para esto será indispensable el fortalecimiento de todas las autoridades forestales, no solo del OSINFOR sino también y principalmente de las autoridades regionales forestales y de fauna silvestre, y la coordinación entre todas las autoridades forestales, no solo la independencia y separación.

Por Hugo Che Piu*

15 de abril, 2019.- Así como el el Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre (OSINFOR) no fue menos independiente con el Decreto Supremo N°122-2018-PCM, tampoco es más independiente gracias al Decreto Supremo N°66-2019-PCM. Al igual que aquella vez lo único que ha cambiado es la adscripción, pues nunca se cambió su naturaleza de organismo público ejecutor.

Sorprende que piensen lo contrario quienes celebran que OSINFOR vuelva a la PCM, pues muchos de ellos son los que durante los diez años que OSINFOR estuvo adscrito a PCM denunciaron que no le daban los presupuestos, importancia y condiciones necesarias para hacer su trabajo.

En lo que consideramos si estamos todos de acuerdo es en que los próximos 10 años de OSINFOR sean mejores que los anteriores y que podamos alcanzar la gestión sostenible de los bosques, para beneficio principalmente de los pobladores locales, así como también de los pobladores de todo el país y el planeta.

La Independencia de OSINFOR

Como hemos señalado en el documento ¿Independientes y Separados por los Bosques del Perú?, la independencia de los organismos públicos no es lo normal, por el contrario, supone un cambio diametral en el modelo organizacional del Estado tradicional, es decir, la jerarquía administrativa. Por lo tanto, la independencia de un organismo público debe estar motivada en la necesidad de ejercer funciones públicas bajo una racionalidad técnica que debe ser protegida de interferencias con una neutralidad política.

Esa independencia se manifiesta en la autonomía orgánica, política, funcional y financiera del organismo público. Desafortunadamente al ser OSINFOR un organismo público ejecutor tiene uno de los niveles más bajos de autonomía, o el “nivel primario de autonomía” como señala Juan Carlos Morón Urbina en su artículo denominado “Preocupaciones sobre los organismos administrativos independientes dentro del Poder Ejecutivo peruano”.

Por difícil que nos parezca, OSINFOR es menos autónomo que el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR), que es un organismo técnico especializado.

Por difícil que nos parezca, OSINFOR es menos autónomo que el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR), que es un organismo técnico especializado. Pero eso no es culpa ni del Decreto Supremo N°122-2018-PCM, ni del Decreto Supremo N°66-2019-PCM, es consecuencia de su Decreto Legislativo N°1085 de creación, y las normas aplicables por su condición de organismos público ejecutor.

Adscripción de OSINFOR

Según el artículo 36° de los Lineamientos de Organización del Estado la adscripción es el mecanismo de reforma de la estructura del Estado por el cual se asigna y vincula un organismo público a un Ministerio en particular. La adscripción establece una relación organizacional sectorial y un alineamiento de las políticas públicas, planes y objetivos estratégicos de entidades con competencias y funciones afines y complementarias, facilitando su coordinación.

Dicho artículo precisa de manera expresa que la adscripción no genera la extinción de un organismo público, ni la modificación de sus funciones, ni la variación de los recursos asignados a su pliego. Es decir, tanto con el cambio de diciembre del 2018 como con en abril del 2019, OSINFOR continuaba teniendo las mismas funciones, presupuesto y seguía regulándose por su norma de creación, el Decreto Legislativo N°1085. Ninguna de ellas, por buenas o malas que sean, ha cambiado porque estaba adscrito a PCM o al MINAM.

OSINFOR como Organismo Público Ejecutor

El artículo 1° del Decreto Legislativo N°1085 crea a OSINFOR como un organismo público ejecutor. Es decir, de acuerdo con el artículo 30° de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, OSINFOR debe estar sujeto a los lineamientos técnicos del Sector del que depende; y la formulación de sus objetivos y estrategias es coordinada con estos. Además, su política de gasto es aprobada por la entidad de la que depende, en el marco de la política general de gobierno. No tiene funciones normativas, salvo las previstas en su norma de creación, o le fueran delegadas expresamente. Y es dirigido por un Jefe, cuyo cargo es de confianza. Es decir, OSINFOR siempre ha estado sujeto a lo lineamientos técnicos de un sector, su política de gasto ha sido aprobada por alguien más, no ha tenido funciones normativas más allá de las de regular sus propios procedimientos y siempre ha estado dirigido por un cargo de confianza, es decir, por alguien que podía ser removido sin necesidad de una causal específica.

10 años versus cuatro meses

Durante estos diez años adscrito a la PCM y cuatro meses adscrito al MINAM, OSINFOR ha sido objeto de mucha preocupación de los actores del sector forestal. No obstante, todas las denuncias por el debilitamiento OSINFOR, o por su no fortalecimiento, han ocurrido durante el tiempo que estuvo adscrito a la PCM. Por ejemplo, la remoción de Rolando Navarro luego del caso Yacu Kallpa ocurrió mientras OSINFOR estaba adscrito a PCM.

Asimismo, durante los 10 años que OSINFOR estuvo adscrito a la PCM nunca se realizó el concurso público para seleccionar a su Jefe, o su Presidente como se le denominó originalmente. Ni menos impulsó la creación de un consejo directivo para OSINFOR. Por el contrario, en los menos de cuatro meses de adscripción de OSINFOR al MINAM se inició el proceso de concurso público con la conformación de la comisión de selección, para la cual DAR fue seleccionada como representante de la sociedad civil.

Además, en ese corto periodo de tiempo se inició el proceso para que OSINFOR pudiera recibir recursos de algún programa presupuestal, es decir, a un presupuesto por resultados. Pues en los 10 años que estuvo adscrito a la PCM, OSINFOR solo recibió fondos de las categorías presupuestales de acciones centrales y de “asignaciones presupuestarias que no resultan en productos”.

Pérdida de tiempo versus retroceso

Algunos han señalado que estos cuatro meses que OSINFOR estuvo adscrito al MINAM han sido una “pérdida de tiempo”. Sin embargo, también hay quienes consideran que volver su adscripción a la PCM es un “retroceso” a los diez años pasados y pérdida de lo avanzado en estos cuatro meses. Por un lado, algunos señalarán que debido a su adscripción al MINAM ocurrió la renuncia de Máximo Salazar. Del otro lado, indicarán que en estos meses ha avanzado sustancialmente en la coordinación con otras autoridades forestales, proponiéndose agendas y metas conjuntas.

Otros dirán que al final esto no se resolvió en función de la conveniencia de los bosques del Perú, sino en base a la amenaza de afectar el Acuerdo de Promoción Comercial con Estados Unidos. Seguramente va a ser difícil ponernos de acuerdo en como calificamos estos cambios de criterios en la conveniencia de la adscripción de OSINFOR. Pero quizás sobre lo que si podemos ponernos de acuerdo es en lo que queremos todos para los próximos 10 años.

Los próximos 10 años

¿Qué titulares son los que queremos ver los próximos 10 años? ¡OSINFOR descubre más casos de tala ilegal!, ¡OSINFOR caduca más concesiones forestales!, ¡OSINFOR sanciona a más comunidades nativas! o quizás nos gustarían más titulares de este tipo: ¡gobiernos regionales obtienen certificación ISO anticorrupción!, ¡concesiones forestales consolidan el desarrollo sostenible de la Amazonía!, ¡comunidades nativas baten récords de exportaciones de productos forestales con valor agregado! Sin lugar a duda, entre que “arresten al ladrón que nos robó” o que “nadie necesite recurrir al robo como medio de vida”, todos preferimos lo segundo. Y por supuesto que mientras logramos lo segundo, vamos a requerir algo de lo primero.

Por eso, si bien es necesario un OSINFOR fuerte y efectivo, no debemos olvidar que el propósito, el motivo de ese OSINFOR es la gestión sostenible de los bosques, para beneficio local, del país y del planeta. Para ello será indispensable el fortalecimiento de todas las autoridades forestales, no solo del OSINFOR sino también y principalmente de las autoridades regionales forestales y de fauna silvestre, y la coordinación entre todas las autoridades forestales, no solo la independencia y separación. Más allá de las posiciones en conflictos, de victoria o de derrota, luego de este episodio, debemos estar dispuestos a dialogar y a construir juntos. ¿Será que podemos aliarnos por la gente y los bosques del Perú?

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*Hugo Che Piu es vicepresidente de DAR.

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