Decreto Legislativo 1333 crea el Proyecto Especial de Acceso a Predios para Proyectos de Inversión Priorizado (APIP) que puede afectar territorios indígenas debido a que el 72,7% de los pueblos indígenas no tiene cómo acreditar su derecho de propiedad. El APIP ejercerá competencias reguladas por la Ley 30230, cuestionada por inconstitucional.
Servindi, 1 de febrero, 2017.- Un nuevo análisis realizado por la asociación Derecho, Ambiente y Recursos Naturales (DAR) evidencia un potencial perjuicio a los territorios de los pueblos indígenas tras publicarse el Decreto Legislativo 1333, para la simplificación del acceso a predios para proyectos de inversión priorizados.
Y es que bajo la figura del "interés nacional" dicha norma regulará los proyectos presentes y futuros que determinan el Gobierno nacional y los gobiernos regionales, y cuya principal traba sea el acceso oportuno a predios.
El DL 1333 crea el "Proyecto Especial de Acceso a Predios para Proyectos de Inversión Priorizado” (APIP), cuya tarea es sanear a nombre del Estado la propiedad de todos los predios requeridos para un proyecto.
El APIP dependerá de Proinversión, institución que ahora pertenece al Ministerio de Economía y Financas (MEF) y tendrá una vigencia de 3 años que puede ser extendida. Entre las obras a priorizar se encuentran las señaladas en la Ley 30025.
Grave riesgo
Según lo advierte DAR preocupa que en el afán de agilizar las inversiones se ponga en grave riesgo el derecho al territorio de las poblaciones, especialmente, las comunidades indígenas comprendidas dentro del área de influencia directa o indirecta de los proyectos de inversión.
Recuerda que el 72,7% (5483) de los pueblos indígenas, organizados en 6069 comunidades campesinas y 1469 comunidades nativas en todo el país, no tiene cómo acreditar de manera irrefutable su derecho de propiedad.
El saneamiento del territorio es una prioridad en la agenda de los pueblos indígenas del Perú, pues en la actualidad existe una demanda en alrededor de 20 millones de hectáreas de territorios indígenas, tal como señala la Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana (Aidesep).
Pretenden reubicar poblaciones
La norma, además, señala que el APIP se encargará de reubicar a las poblaciones, una atribución excesiva que en el caso particular de los pueblos indígenas requiere de procesos de consulta previa y del consentimiento libre, previo e informado de estas poblaciones-
De no ser así no solo se vulneraría el Convenio sobre Pueblos Indígenas núm. 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sino también la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.
El DL 1333 se implementará según el Título III de la Ley 30230, norma como conocida por "paquetazo antiambiental", frente al cual la sociedad civil interpuso una demanda de inconstitucionalidad con el respaldo de más de 10 mil fimas ciudadanes.
La Ley 30230 es acusada de vulnerar los derechos al territorio de los pueblos indígenas, debido a que permite al Estado, mediante “procedimientos especiales”, entregar tierras a proyectos de inversión, en la ubicación y cantidad que estos requieran para sus actividades, ignorando los derechos de propiedad que asisten a sus propietarios legítimos.
Acceda a estos y otros #HallazgosDAR y el informe preparado por DAR haciendo clic en el siguiente enlace:
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