De las 48 lenguas originarias habladas por los pueblos indígenas en el Perú, 21 corren riesgo de desaparecer
Servindi, 28 de mayo, 2018.- "Medidas para garantizar los derechos lingüísticos de los pueblos indígenas corresponden al Estado, cuyas lenguas originarias representan uno de sus rasgos más característicos y constituyen un componente vital de la identidad cultural en el Perú". De esta manera recuerda al Estado la Defensoría del Pueblo.
Una sentencia emitida por el Tribunal Constitucional recientemente, establece que aún no existen progresos significativos para dotar de efectiva vigencia los derechos lingüísticos de los ciudadanos indígenas, por lo cual ha dispuesto que en un plazo no mayor de 6 meses publique el referido Mapa Etnolingüístico (Exp. N° 00889-2017-PA-TC).
Por otro lado, reitera que el Ministerio de Educación cumpla con la aprobación y publicación del Mapa Etnolingüístico, instrumento imprescindible para determinar el carácter oficial de las lenguas originarias en los lugares de predominancia; solicitud efectuada por la Defensoría del Pueblo al sector en diversas oportunidades y que aún se encuentra pendiente de cumplimiento.
En los últimos años de produjo importantes avances para garantizar el derecho lingüístico, como la promulgación del Reglamento de la Ley Nº 29735, Ley que regula el uso, preservación, desarrollo, recuperación, fomento y difusión de las lenguas originarias —que recogió aportes de los pueblos indígenas a través de un proceso de consulta previa—.
Asimismo, la aprobación de la Política Nacional de Lenguas Originarias, Tradición Oral e Interculturalidad; la normalización de los alfabetos de 40 lenguas indígenas u originarias, entre otras; se necesita seguir promoviendo políticas públicas que reviertan la situación de desigualdad y discriminación que afecta a los pueblos indígenas.
La Defensoría del Pueblo persiste con su tarea de promover la adecuada implementación de este derecho por parte de todas las entidades del Estado, garantizando que los ciudadanos y ciudadanas indígenas puedan usar con libertad su lengua materna en forma oral y escrita en los espacios públicos y privados y fundamentalmente en la atención de los servicios de salud, educación, justicia, entre otros.
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