Servindi, 26 de agosto, 2017.- El Defensor del Pueblo, Walter Gutiérrez, argumentó que la Ley que regula el gasto de publicidad del Estado peruano, N° 30793, conocida como "Ley Mordaza" o "Ley Mulder" tiene serios vicios de inconstitucionalidad.
Así lo sostuvo ante el Tribunal Constitucional al sustentar un amicus curiae en el proceso de inconstitucionalidad contra la Ley 30793, “que regula el gasto de publicidad del Estado Peruano”.
La citada norma prohíbe la publicidad estatal en medios privados y fue aprobada por insistencia del Congreso de la República con 70 votos a favor, 30 en contra y 7 abstenciones, el 14 de junio de 2018.
Walter Gutiérrez advirtió carencias "particularmente peligrosas" en la citada ley debido a que no están bien fundamentadas y no tienen una base empírica o información técnica que la respalde.
En tal sentido, "no le da herramientas al ciudadano para interpretar la norma y permite interpretaciones de todo tipo”, señaló el Defensor del Pueblo.
Afecta derechos fundamentales
El Defensor también argumentó que la actual norma afecta derechos fundamentales. “Por más que haya conectividad en algunas zonas, hay una brecha entre los jóvenes y los adultos mayores que no van a poder acceder a información".
También puntualizó el caso de las poblaciones más vulnerables porque aún viven en áreas con deficiencias para el acceso a internet. "Estas situaciones afectan el derecho de igualdad”, acotó.
La actual ley permite contratar avisos en casos de desastre o emergencia nacional, cuando es en estas situaciones en que los medios deben informar de manera gratuita poniéndose al servicio del país.
Gutiérrez se refirió además a la necesidad de informar al ciudadano no solo a través de los grandes medios de comunicación, sino a través de aquellos medios de alcance rural, como mercados o radios comunales.
Reglamentación pendiente
Durante doce años hemos tenido una norma de publicidad estatal que no se ha reglamentado. “Nunca fue de interés del Ejecutivo, ni del Congreso, ni de los medios de comunicación, reglamentarla" observó.
“Nunca fue de interés del Ejecutivo, ni del Congreso, ni de los medios de comunicación, reglamentarla. Es fundamental que se regule la publicidad estatal de otra manera, (...) porque si no, deja demasiada discrecionalidad para contratar avisos, sin la adecuada transparencia”
"Es fundamental que se regule la publicidad estatal de otra manera, con determinados estándares y que sea integral, que involucre a todos los organismos estatales", agregó.
"Es importante que se regule, porque si no, deja demasiada discrecionalidad para contratar avisos, sin la adecuada transparencia”, manifestó.
Acceda a los documentos mencionados:
- Ley que regula Publicidad Estatal, N° 28878 (14 de agosto, 2006) (PDF, 3 páginas)
- Ley que regula el gasto de publicidad del Estado peruano, N° 30793 (15 de junio, 2018) (PDF, 1 página)
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