Tribunal Constitucional favorece al Congreso y anula medidas judiciales

Jugando en pared con la mayoria del Congreso Tribunal Constitucional asesta tres golpes a la legalidad democrática y voluntad mayoritaria de la ciudadanía.

Servindi, 23 de febrero, 2023.- El Tribunal Constitucional (TC) de Perú decidió anular la medida cautelar que suspendía la elección del Defensor del Pueblo así como otros procesos contra el Congreso.

Ello deja en manos del actual Congreso insistir en la designación del Defensor del Pueblo a pesar que apenas alcanzada un 7 por ciento de aprobación, según una encuesta de enero de 2023 del Instituto de Estudios Peruanos (IEP).

La decisión del Tribunal Constitucional ordena anular la medida cautelar a favor del Sindicato de la Defensoría del Pueblo contra la comisión especial del Congreso que mostró una serie de irregularidades.

El Parlamento alegó que se habían vulnerado las competencias exclusivas y excluyentes del Poder Legislativo en un proceso competencial, lo cual ha sido avalado por el TC.
 

Organos electorales desprotegidos

La segunda medida adoptada por el T.C. fue dejar sin efecto las disposiciones judiciales que ordenaban al Congreso no amenazar al presidente del Jurado Nacional de Elecciones Jorge Luis Salas Arenas.

El titular del JNE presentó un recurso de amparo en la Corte Superior de Justicia de Arequipa para que se anulen las denuncias constitucionales que se tramitaban contra él en el Congreso.

Cabe recordar que las críticas a Luis Salas Arenas han sido levantadas por la derecha y extrema derecha a quién acusan de haber favorecido el resultado electoral que dio el triunfo a Pedro Castillo Terrones. 

Salas Arenas, alegó que se estaban vulnerando sus derechos al ejercicio pleno de la función pública y a la independencia funcional, así como no contar con la prerrogativa de antejuicio político. 

El diario La República recuerda que La jueza Karina Apaza del Carpio le dio la razón en agosto de 2022. Sin embargo, la mayoría congresal ha hecho una cruzada contra los titulares de los organismos electorales.

Contrareforma educativa

La tercera decisión fue anular el amparo contra la intervención del consejo directivo de la Superintendencia Nacional de Educación Universitaria (Sunedu) lo que deja expedita la contrarreforma universitaria.

En el caso de la Sunedu, el abogado Luciano López interpuso un amparo para que la justicia constitucional declare la inaplicación de la Ley 31520, ley que "restablece la autonomía y la institucionalidad de las universidades peruanas".

En primera instancia, se pudo conseguir un fallo a favor; sin embargo, el TC luego declararía la constitucionalidad de la norma.

El fallo del Tribunal Constitucionales aprobado el jueves 23 de febrero, pero que aún no ha sido publicado, incluye una exhortación al Congreso para que reforme el artículo 99 de la Constitución.

En el se sefiere a los altos funcionarios que gozan del derecho al antejuicio político, para incluir a los miembros del JNE y los jefes de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec).

Si se aprobara dicha modificación Jorge Luis Salas Arenas, y los otros miembros del JNE, Piero Corvetto y Carmen Velarde, podrían ser denunciados constitucionalmente.

De ser el caso, podrían incluso ser destituidos e inhabilitados hasta por 10 años de la función pública.

 

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