Piden anular ilegales concesiones forestales en Loreto

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La defensoría del Pueblo pidió que se se tomen medidas adecuadas para la protección de los PIA, por las 196 concesiones forestales que se sobreponen a las Reservas Indígenas en trámite. Exigen también la nulidad de otras 41 concesiones forestales otorgadas de manera ilegal.
 

Defensoría del Pueblo pide al Gobierno Regional de Loreto que se anulen concesiones forestales otorgadas de manera ilegal en los territorios de los Pueblos Indígenas en Aislamiento Voluntario

Por Organización de los pueblos Indigenas del Oriente (ORPIO) - Área de Justicia Constitucional del IDL.

ORPIO, 17 de enero, 2019.- La Defensoría del Pueblo recomendó, por medio de un oficio, al Ministerio de Cultura (MINCUL) y al Gobierno Regional de Loreto (GOREL) a tomar medidas adecuadas para la protección de los Pueblos Indígenas en Aislamiento Voluntario (PIA) que habitan en las cinco Reservas Indígenas solicitadas en el Departamento de Loreto.

El descuento tiene como inicio una queja formal presentada por la Organización Regional de Pueblos Indígenas del Oriente (ORPIO).

Actualmente existen 106 concesiones forestales que se sobreponen a las Reservas Indígenas en trámite, lo cual significa un riesgo cierto e inminente para esta población en extrema vulnerabilidad.

La Defensoría del Pueblo advirtió la urgencia de declarar la nulidad de 41 concesiones forestales otorgadas de manera ilegal posterior a la vigencia de la Ley N° 29763 (Ley Forestal y de Fauna Silvestre), las cuales son «nulas de pleno derecho».

Es preciso señalar que la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29763 establece que, “No se otorgan títulos habilitantes forestales y de fauna silvestre en áreas en trámite de reconocimiento, de titulación o de ampliación de comunidades campesinas y nativas, así como en las áreas en trámite para el establecimiento de reservas territoriales para los pueblos en aislamiento o en contacto inicial, en concordancia con los tratados internacionales en vigor…”.

Asimismo, el artículo 60 del Decreto Supremo N° 21-2015-MINAGRI establece que, “No se otorgan títulos habilitantes forestales y de fauna silvestre, en ningún caso, en reservas territoriales o en áreas en trámite para el establecimiento de reservas indígenas para los pueblos indígenas en situación de aislamiento o en contacto inicial”.

Además, es preciso destacar que el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR) fue cómplice en el otorgamiento de estas concesiones forestales ilegales.

En mayo de 2017 SERFOR publicó el mapa “Unidades Ofertables Para Otorgamiento de Concesiones Forestales Maderables Mediante Procedimiento Abreviado Departamento de Loreto”, en el cual se ofrecieron 197 nuevas “unidades ofertables”, de las cuales por lo menos 25 se superponen a las áreas de las Reservas Indígenas solicitadas a favor de los Pueblos Indígenas en Aislamiento Voluntario en el Departamento de Loreto.

Cabe destacar que la mayoría de estas 25 unidades ofertables ya han sido concesionadas de manera ilegal dentro del área de las Reservas Indígenas solicitadas.

Aparentemente SERFOR también desconoció lo establecido en la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29763, cuando impulsó el otorgamiento de nuevas concesiones forestales ilegales en las áreas de las Reservas Indígenas solicitadas, mediante la publicación de un mapa oficial con 25 “unidades ofertables” que se ubican dentro de las áreas de las Reservas Indígenas solicitadas.

Respecto a las 65 concesiones restantes, otorgadas con anterioridad a la ley, la Defensoría del Pueblo pidió que se revisen los términos en que fueron entregadas para modificarlas, de manera que se garantice la plena vigencia de los derechos de los PIA.

Además, pidió que se abstenga de otorgar nuevas concesiones y fortalecer la coordinación con el MINCUL y el Ministerio de Agricultura (SERFOR) durante la evaluación del otorgamiento de nuevas concesiones para una mejor protección a los PIA.

Es importante señalar que, el Viceministro de Interculturalidad también entregó ante GOREL un oficio, en el cual se concluye que, “En tal sentido, tomando en cuenta que la Ley Forestal y de Fauna Silvestre entró en vigencia el 01 de octubre de 2015… resulta fundamental que desde el Gobierno Regional de Loreto se adopten acciones para declarar la nulidad de los títulos habilitantes forestales otorgados en la región Loreto, desde la indicada fecha, sobre las áreas que se encuentran en proceso de reconocimiento de PIACI y la categorización de Reservas Indígenas..., por contravenir la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29763”.

Asimismo, el Cuarto Juzgado Constitucional de Lima, mediante sentencia judicial emitida, ordenó girar oficios a los gobiernos regionales (de Loreto, Ucayali y Huánuco); a fin de que se inicie el trámite para la nulidad de «todas las autorizaciones, concesiones, permisos y análogos» otorgadas en territorios donde están las solicitudes de Reservas Indígenas a favor de los PIA.

Finalmente, es preciso señalar que existe una demanda de amparo presentada por ORPIO pidiendo la reubicación de las concesiones forestales otorgadas de manera ilegal en territorios de los PIA en la Reserva Indígena solicitada Tapiche – Blanco – Yaquerana – Chobayacu y afluentes (también conocida como “Yavarí Tapiche”).

 

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