La historia detrás de la orden para demoler el hotel Sheraton

Edificación de hotel Sheraton en el Centro Histórico del Cusco se levantó sobre un lugar donde antes existían andenes incas. Foto: Ministerio de Cultura Edificación de hotel Sheraton en el Centro Histórico del Cusco se levantó sobre un lugar donde antes existían andenes incas. Foto: Ministerio de Cultura

Detrás de la reciente orden del Tribunal Constitucional para demoler el hotel Sheraton en Cusco, construido cerca de la Plaza de Armas tras derribarse andenes incas, se encuentra una historia de reclamo social y legal por la preservación del patrimonio cultural que duró casi una década y se cruzó con lo peor del Estado y el interés empresarial.

Por Renzo Anselmo

Servindi, 4 de julio, 2023.- En un fallo histórico, el Tribunal Constitucional (TC) ordenó recientemente a autoridades del Cusco ejecutar la demolición del hotel Sheraton y restituir los andenes incas que fueron derribados para concretar tal construcción.

Esta decisión pone fin a un reclamo social iniciado hace casi 10 años y que en el camino se cruzó con la indiferencia y complicidad de autoridades, la intermediación de altos funcionarios y una fuerte presión empresarial.

El reclamo fue impulsado por un grupo de abogados que, sabiéndose con la razón y la ley a su favor, persistió en su defensa del patrimonio cultural del Cusco. Hoy el TC les ha dado la razón. Esta es la historia.

Las primeras alertas

Saphy es una palabra quechua que significa raíz, pero también el nombre de una calle ubicada a dos cuadras de la Plaza Mayor del Cusco, en el Centro Histórico de la ciudad, en el corazón de los Andes peruanos.

En la cuadra 6 de esa calle, cerca del Parque Arqueológico de Saqsaywaman, existían hasta hace una década cinco filas de andenería inca que formaban parte de las bases del monumento histórico de Saqsaywaman.

Los andenes son construcciones que, a manera de escalones amplios sostenidos por muros de piedra, los incas trabajaron en las montañas para ganar tierras a favor de la agricultura.

Por el importante y único testimonio que los incas dejaron en Cusco, la capital de su antigua civilización, el Centro Histórico de la ciudad fue declarado Patrimonio Cultural de la Nación, en 1972, y de la Humanidad, en 1983.

Estos reconocimientos no solo se otorgan para destacar el valor excepcional del bien material o inmaterial seleccionado, sino también para que el Estado sea más riguroso en su protección y preservación.

Decir que los andenes incas de la calle Saphy “existían” no es un simple decir porque todo empezó a cambiar en 2014 cuando a la zona llegaron unos hombres provistos de cascos, chalecos naranjas y palas para excavar y trasladar tierra del lugar.

Obreros excavando tierra en 2013 en el lugar donde existían andenes incas que son patrimonio cultural. Debajo, un  detalle de estos andenes. Fotos: Cortesía

“Empezamos a hacer un seguimiento e identificamos que la tierra contenía vestigios arqueológicos y era llevada diariamente, sobre todo de noche y de madrugada, hasta un sector llamado Llaullipata, en el complejo Sacsaywaman”.

Así lo cuenta la abogada T’ika Luizar Obregón, integrante de la Comisión de Juristas contra la Corrupción y por la Defensa Social de Cusco, una asociación civil de abogados clave en esta historia.

El hallazgo motivó la presentación, ese mismo año (2014), de la primera de tres denuncias penales que la Comisión de Juristas interpuso ante el Ministerio Público por este caso.

Esta primera fue por alteración del patrimonio cultural ya que se estaba trasladando “tierra con compromiso cultural” hacia otro sector que también tiene este compromiso, como es el Parque Arqueológico Sacsaywaman.

La denuncia no fue atendida oportunamente y los trabajos continuaron, dando lugar a la edificación de un hotel de la reconocida cadena Four Points by Sheraton, cuya construcción estuvo a cargo de la Inmobiliaria R&G S.A.C.

Debido a esto, en 2016, cuando la edificación ya existía, la Comisión de Juristas interpuso una segunda denuncia, esta vez por atentado al patrimonio cultural, dado que la construcción había implicado la destrucción de los andenes incas.

Asimismo, en enero de ese año, y en vista de que las alertas en la vía penal no estaban funcionando y la edificación continuaba avanzando, presentaron una demanda constitucional (acción de amparo) en contra del Ministerio de Cultura, la Municipalidad Provincial del Cusco y la Inmobiliaria R&G SAC.

Esta demanda, que exigía la restitución de los andenes incas, se fundamentó en la vulneración del derecho de los peruanos a preservar su patrimonio histórico, cuya protección es responsabilidad exclusiva del Estado, según el artículo 21 de la Constitución Política del Perú.

“Como es notorio, se trata de un derecho colectivo o, más exactamente, un interés difuso como lo define el Código Procesal Civil vigente, es decir, un interés respecto a valores, principios o bienes de inestimable valor económico, cuya titularidad le corresponde a un conjunto indeterminado de personas”.

Así lo explica el abogado Fernando Liendo Tagle, quien tiene un doctorado europeo en Historia del Derecho, es profesor de la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP) y se desempeñó como consultor legal ad honorem de la parte demandante desde el inicio del presente proceso de amparo.

T’ika Luizar Obregón y la Comisión de Juristas contra la Corrupción y por la Defensa Social de Cusco no sabrían para entonces que el proceso que acababan de iniciar acabaría recién siete años después, en junio de 2023, tras una batalla judicial con polémicas decisiones y cuando el hotel Sheraton del Cusco, que nunca llegó a funcionar por este proceso contencioso, ya tiene 11 pisos.

Así luce en la actualidad el hotel Sheraton del Cusco, una construcción que se pudo evitar en protección del patrimonio cultural. Foto: Servindi

Batalla judicial

En Perú, los procesos constitucionales de protección de derechos fundamentales tienen dos instancias. En la primera, un juez especializado revisa el caso y emite una sentencia que, de ser apelada, se eleva a una segunda instancia, en la que ya no es solo un juez, sino una sala civil la que evalúa la demanda.

Solo si la parte afectada está disconforme con lo que resuelve la sala, la sentencia puede volver a ser apelada, subiendo así el caso de manera excepcional al Tribunal Constitucional (TC), máximo intérprete de la Constitución del país, cuyos fallos son inapelables y deben ser acatados de plano por todas las autoridades públicas y personas privadas, incluyendo a las personas jurídicas.

Volviendo al caso, cuando la Comisión de Juristas presentó la acción de amparo exigiendo la restitución de los andenes incas, en enero 2016, se argumentó que la construcción del hotel Sheraton no solo había implicado la destrucción de los muros arqueológicos prehispánicos e incas existentes, sino que dicha edificación se había levantado incumpliendo los parámetros urbanísticos previstos en el Plan Maestro del Centro Histórico del Cusco.

Según este documento, el hotel Sheraton de 11 pisos —9 construidos por encima y 2 por debajo del suelo, conocidos como sótanos— se levantó sobre una zona donde solamente se pueden construir inmuebles de hasta dos niveles por encima del suelo y están prohibidos los sótanos.

“Solo se permitían dos pisos, pero hicieron nueve por encima del suelo. Y para hacer esos sótanos, que son de la pista de la calle Saphy hacia el subsuelo, estos señores han pasado por debajo de lo que es el río Saphy, que tenía como todas las construcciones incas que hay en nuestra ciudad, muros de contención de origen prehispánico, los cuales retiraron para excavar. Imagínese entonces los niveles de corrupción del caso”, señala T’ika Luizar Obregón.

Si bien la empresa contaba con las respectivas licencias de edificación, estas fueron otorgadas por funcionarios y trabajadores de la Municipalidad Provincial del Cusco y de la Dirección Desconcentrada de Cultura – Cusco en un proceso donde la Contraloría General de la República detectó varias irregularidades en 2017. Los funcionarios implicados en la entrega de estas licencias son también investigados desde 2021 por crimen organizado tras una tercera denuncia presentada por la Comisión de Juristas.

Las licencias de edificación a la Inmobiliaria R&G SAC fueron concedidas, además, sin ajustarse a los parámetros urbanísticos del Plan Maestro del Cusco, contraviniendo las normas que protegen el Patrimonio Cultural de la Nación, según reconoció, en diciembre de 2018, la propia jueza del Quinto Juzgado Civil de Cusco, Marianella Cárdenas Villanueva, que pese a ello declaró improcedente en primera instancia, a través de la Resolución N. ° 35, la demanda que exigía la restitución de los andenes incas.

La jueza alegó que desconocer las licencias de edificación que tenía la empresa, por más que hayan afectado el patrimonio cultural y pese a que para entonces la Contraloría ya había advertido irregularidades en su obtención, “vulneraría la seguridad jurídica que genera el otorgamiento de las mismas” y “afectaría el derecho de propiedad” de la compañía al ya existir una edificación consolidada que implicó un “costo económico”.

“En pocas palabras, lo que la jueza dijo fue que el patrimonio cultural es importante, pero el Estado debe proteger la inversión económica por encima de ello. Fue un hecho totalmente escandaloso”, recuerda la abogada T’ika Luizar Obregón de la Comisión Juristas, asociación que apeló la sentencia y logró que la Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Cusco la revocara y les diera la razón por mayoría en segunda instancia, en setiembre de 2019.

Resolución N. ° 35 emitida por la jueza Marianella Cárdenas que declara improcedente demanda que exigía restitución de andenes incas destacando el "costo económico" que implicó la construcción del hotel Sheraton.

La sala consideró que, como magistrados, estaban en la obligación de disponer la reparación del daño causado, por lo que estableció en la Resolución N. ° 83 que “se ordene a la Dirección Desconcentrada de Cultura – Cusco (DDC-Cusco), la apertura de un proceso de demolición de lo ilícitamente construido en el citado inmueble, que altera y destruye en forma continua los muros arqueológicos prehispánicos, e incas existentes” y la “posible restauración” de estas piezas culturales, previa evaluación técnica de la DDC-Cusco y el Ministerio de Cultura.

Bajo ese mandato, que constituyó una sentencia con carácter de cosa juzgada —es decir, que tiene que ejecutarse sin opción a réplica—, la sala devolvió el expediente al juzgado de primera instancia para que ejecute la sentencia. Ya en ese fuero, la DDC-Cusco presentó un informe que sostenía que, a lo mucho, se podría demoler el 10% de la construcción por razones técnicas.

Este informe fue calificado de “irregular, antitécnico y manifiestamente erróneo” por Heráclio Cereceda Vergara, presidente de la Comisión de Juristas, puesto que, tal como refutaron en el proceso, la obra ilícita podía ser demolida y los andenes y muros incas podrían haber sido reconstruidos.

Esto último, mediante procedimientos técnicos y de ingeniería (‘anastilosis’ y otras técnicas modernas), y con apoyo de especialistas internacionales, como el Consejo Internacional de Monumentos y Sitios (Icomos), una organización de expertos en patrimonio cultural asociada con la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (Unesco).

Pese a ello, el informe técnico de la DDC-Cusco, órgano adscrito al Ministerio de Cultura, fue validado por la jueza Marianella Cárdenas Villanueva, la misma que en primera instancia desestimó la demanda contra el hotel Sheraton priorizando el “costo económico” que había implicado su construcción.

Posteriormente, su decisión fue confirmada, en agosto de 2021, por la Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Cusco, integrada por los magistrados Begonia Velásquez Cuentas, Elcira Farfán Quispe y Karina Oldado Noa, una plana de jueces distinta a la que atendió el caso cuando llegó por primera vez a la sala civil y que, en esta ocasión, terminó aprobando el informe técnico del sector Cultura.

“En cuanto a aquello que se cuestiona con relación a los porcentajes de demolición del inmueble (…) ha quedado debidamente establecido que los informes técnicos efectuados, han sido elaborados sobre la base de principios técnicos que han dado cumplimiento a lo ordenado (…); los que han sido evaluados y considerados adecuados para su ejecución; por tanto, los cuestionamientos al respecto, no resultan de aplicación”, resolvió la sala civil mediante la Resolución N. ° 134.

“Demoler el 10% de la construcción iba a significar que derriben solo el techo de la edificación de nueve pisos. Pretender que se coloque los andenes incas sobre un octavo piso es prácticamente una burla porque los andenes incas son una especie de gradería y están sobre el suelo, no sobre un octavo piso. Lamentablemente, los magistrados del juzgado y la sala civil dijeron que como Cultura había opinado en ese sentido, así debería ser”, indica la abogada T’ika Luizar Obregón.

Resolución N. ° 134 de la Sala Civil que aprueba el informe técnico del sector Cultura, pese a los cuestionamientos.

Frente a esta decisión y al estar en la facultad de hacerlo por ser la parte agraviada, la Comisión de Juristas, en etapa ya de ejecución de sentencia, interpuso un recurso de agravio constitucional contra la Resolución N. ° 134, elevando así el caso al Tribunal Constitucional (TC), la máxima instancia para resolver los procesos constitucionales.

“El fundamento de este recurso extraordinario estaba en la doctrina jurisprudencial fijada por el propio Tribunal Constitucional (TC) sobre la procedencia excepcional del recurso de agravio constitucional con el objeto de poder garantizar la ejecución debida de sentencias estimatorias expedidas en procesos constitucionales por el propio Tribunal o por el Poder Judicial”, señala el abogado Fernando Liendo.

Del otro lado, la Inmobiliaria R&G SAC también decidió interponer un recurso similar de impugnación, exigiendo que no se destruya nada del hotel Sheraton, ni el 10%. Pese a que ya habían sido sentenciados y como infractores constitucionales no podían impugnar la decisión, la Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Cusco les concedió la impugnación.

El caso llegó al TC en 2021 y dos años después, el 22 de junio pasado, en vísperas del aniversario de la ciudad del Cusco que se celebra cada 24 de junio, el órgano supremo publicó su resolución dándole la razón al grupo de abogados demandantes.

Mediante una resolución firmada por los magistrados Manuel Monteagudo Valdez, Luz Pacheco Zerga y César Ochoa Cardich, con fecha 19 de mayo de 2023, el TC señaló que “de acuerdo con el mandato contenido en el artículo 21 de la Constitución, es deber del Estado proteger el patrimonio cultural de la Nación. En tal sentido, el Estado se encuentra en la obligación de realizar todas las acciones necesarias a fin de garantizar la conservación del patrimonio histórico”.

Por ello, finalmente ordenó al Quinto Juzgado Civil de Cusco ejecutar la demolición del hotel Sheraton, dispuesto en la Resolución N. ° 83, de setiembre de 2019, además de disponer la realización de un nuevo informe técnico e incluso solicitar el apoyo de organismos internacionales especializados, “a fin de concretar las acciones de restauración integral de los muros arqueológicos prehispánicos e incas afectados en el presente caso”.

¿Por qué el TC citó en su fallo la Resolución N. ° 83 de setiembre de 2019? Esto se debe a que en dicha resolución la Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Cusco ya había ordenado, como se indicó líneas más arriba, la demolición del inmueble y la restauración de los andenes derrumbados.

Por ende, al haber sido un “pronunciamiento judicial con calidad de cosa juzgada”, debía “ser ejecutado en sus propios términos” y, según el TC, no podía “ser dejado sin efecto, ni tampoco ser objeto de alteraciones o modificaciones posteriores por parte de particulares, funcionarios públicos e incluso jueces encargados de su ejecución”, como ocurrió en este caso.

En su fallo, el TC también declara improcedente el recurso de agravio constitucional interpuesto por la Inmobiliaria R&G SAC, dado que esta parte, al ser la sentenciada como infractora constitucional, “no se encontraba habilitada para formularlo, en vista de que la única parte legitimada para interponerlo es la parte demandante”. Así, dispone la nulidad de la resolución de la sala civil que le concedió dicha impugnación y que solo sirvió “para dilatar el proceso”, según la abogada T’ika Luizar Obregón.

“Estamos satisfechos con la decisión del Tribunal Constitucional que ha resuelto definitivamente este caso, haciendo justicia al patrimonio, que es una realidad y una memoria compartida sobre el pasado, y a la sociedad civil cusqueña y peruana. Esto incluye, por cierto, a los visitantes internacionales que vienen a nuestro país precisamente para ver y experimentar nuestro patrimonio histórico y no para observar su depredación”, sostiene el abogado Fernando Liendo.

El letrado aclara que “aquí nadie se ha opuesto a la inversión y emprendimientos mientras sean respetuosos del patrimonio arqueológico y cultural de nuestro país. Solo nos hemos limitado a pedir que la ley se aplique y que se respeten los derechos de los peruanos a conservar su patrimonio histórico, tal como está previsto en la Constitución y en normas internacionales que vinculan al Estado peruano, lo cual correspondió sustentarlo jurídicamente”.

La abogada T’ika Luizar Obregón, de la Comisión de Juristas, comenta por su parte que este fallo es inapelable y, por tanto, ahora que el expediente retorne al Cusco, tendrá que ejecutarse en la brevedad posible.

“No habría justificación para demorar. Si demoran, estarían cometiendo resistencia a la autoridad y podrían ser sometidos a un proceso penal. No creemos que vayan a llegar a eso. Han sido 10 años de lucha jurídica y social porque la población también nos ha acompañado. Es lamentable que como ciudadanos nos hayamos visto obligados a ejercer un derecho y una obligación que le correspondería haber asumido al Estado”, indica Luizar Obregón.

Fallo del TC le da la razón a grupo de abogados demandantes: ordena demolición del hotel Sheraton y restitución de andenes incas.

Presiones e invocación

A lo largo de esta batalla judicial, el proceso no estuvo exento de presiones externas que devinieron en la intermediación de altas autoridades e informes que en su momento recomendaron multas y sanciones contra la compañía y los funcionarios públicos involucrados en esta trama, pero que terminaron anulándose o prescribiendo.

Entre 2015 y 2016, cuando la Comisión de Juristas ya había presentado la primera denuncia penal alertando la alteración del patrimonio cultural y buscaban, apoyados por la población, la atención de las autoridades locales, la congresista de Fuerza Popular, Leyla Chihuán, llegó hasta la Municipalidad Provincial del Cusco para reunirse con el alcalde Carlos Manuel Moscoso Perea, según testimonios locales.

“En una de esas tantas oportunidades que fuimos al municipio, vimos que la congresista estaba saliendo de la municipalidad y emplazamos al alcalde. Él habló abiertamente diciendo que la congresista había ido a hablarle justamente sobre el caso del hotel Sheraton. ¿Qué cosas habló? No nos dio el detalle, pero por qué tenía que venir una congresista de Lima para ver ese caso con el alcalde”, recuerda la abogada Luizar Obregón

Consultada por Servindi, la excongresista y exvoleibolista profesional Leyla Chihuán señaló a través de un tercero —quien se identificó como administrador de su escuela deportiva La Ley— negando “en todos los extremos” alguna vinculación con el tema Sheraton “ya que es totalmente ajeno” a su persona. Sin embargo, dejó abierta la posibilidad de que la reunión haya existido al afirmar que como parlamentaria realizó “diversas visitas a distintos departamentos del Perú”. Chihuán no respondió la repregunta que le hicimos para descartar esto último.

Por otro lado, la Controlaría General de la República también puso la mira sobre este caso y, tras encontrar irregularidades en el proceso de entrega de la licencia de edificación a la Inmobiliaria R&G SAC, encargada de la construcción del hotel Sheraton, que terminó afectando el patrimonio cultural, emitió un informe en 2017 recomendando iniciar proceso administrativo sancionador contra funcionarios de la Dirección Desconcentrada del Cusco (DDC-Cusco) y el Ministerio de Cultura.

De acuerdo con la abogada Luizar Obregón, “estas recomendaciones no se cumplieron por la fuerte presión y los intereses económicos que existen de por medio y, al día de hoy, el Estado ya perdió la posibilidad de poder sancionar a los responsables administrativamente porque ha prescrito su facultad de hacerlo”.

En su informe de marzo de 2017, la Contraloría también dispuso que la Procuraduría Pública del Ministerio de Cultura inicie “las acciones legales que correspondan” contra la empresa por la afectación irreversible del Patrimonio Cultural de la Nación; y sin perjuicio de ello, se disponga al órgano pertinente “el inicio inmediato del procedimiento administrativo de multa aplicable a la empresa” por realizar excavaciones sin tener autorización, no haber registrado bienes inmuebles prehispánicos y haber alterado los bienes integrantes del patrimonio cultural.

Informe de Contraloría de 2017 recomendó iniciar procesos contra funcionarios implicados en otorgamiento irregular de licencia de edificación a Inmobiliaria R&G SAC, así como un proceso para multar a la empresa.

Fue así como, el 10 octubre de ese año, la DDC-Cusco inició un proceso administrativo sancionador contra la empresa R&G SAC, que terminó el 31 julio de 2018 con la imposición de una multa de 1 000 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalentes entonces a S/ 4 150 000 (más de 1 millón de dólares).

La compañía, sin embargo, apeló la multa el 8 de agosto alegando principalmente, no que no había cometido las irregularidades que les acusaban, sino que el tiempo para sancionarlos había caducado, dado que la multa se la notificaron sobrepasando el plazo máximo de nueve meses establecido para resolver los procedimientos sancionadores, contados desde la fecha en que se notifica la imputación de cargos.

Al año siguiente, mediante la Resolución Ministerial N. ° 008-2019-MC, emitida el 11 de enero de 2019 durante el gobierno de Martín Vizcarra, el ministro de Cultura, Rogers Martin Valencia Espinoza, validó los argumentos de la compañía y declaró fundado su recurso de apelación, anulando así la resolución que dispuso la millonaria sanción contra la empresa y declarando la caducidad del procedimiento administrativo sancionador iniciado en 2017 por recomendación de la Contraloría.

Resolución Ministerial N. ° 008-2019-MC que anula millonaria multa contra empresa R&G SAC.

“Aquí hay claramente un fuerte interés económico. Por ese motivo, no solamente este proceso demoró tanto en la vía judicial, donde algunos jueces quisieron desconocer la ejecución de una sentencia y las partes responsables se resistieron a cumplir, sino que además implicó la intermediación de congresistas y ministros”, señala T’ika Luizar Obregón, de la Comisión de Juristas.

El presidente de dicha comisión, Heraclio Cereceda, opina en la misma línea. “Lamentablemente tenemos que decir que aquí sí hubo funcionarios corruptos que se aliaron para favorecer a la empresa. La Fiscalía ya está investigando por crimen organizado y por daño al patrimonio, aunque esta institución deja dilatar en el tiempo y algunas veces hace prescribir [los casos]. Estamos haciéndole seguimiento y esperamos que algunos lleguen al Poder Judicial, para que se identifique a todos ellos porque muchos siguen laborando pese a esto”, indica.

Para el abogado Fernando Liendo “este caso debería suscitar una prolongada reflexión tanto sobre las políticas del Estado vigentes en materia de protección del patrimonio, la idoneidad y competencia técnico-normativa de los responsables de las instituciones públicas que otorgan licencias de construcción en ciudades históricas, así como sobre las formas de desarrollar una inversión privada responsable e inteligente en espacios patrimoniales, que busquen soluciones armónicas entre inversiones legítimas y el respeto por la protección de nuestro patrimonio material e inmaterial”.

El trabajo de la Comisión de Juristas en este caso no ha terminado, según sus propios voceros. El grupo de abogados se ha propuesto vigilar y presionar para que el fallo del TC que ordena la demolición del hotel Sheraton y la restitución de los andenes incas empiece a ser ejecutado por las autoridades locales en el plazo más breve posible.

Ni las represalias que dicen haber sufrido a lo largo de estos años por su lucha legal —como actos de hostilización, amedrentamiento, amenazas de terceros en sus trabajos o por llamadas telefónicas, seguimientos y despidos irreversibles de sus familiares en sus centros de trabajo estatales— han doblegado sus esperanzas de ver repuesta la arquitectura incaica en el lugar que le corresponde.

El 26 de junio solicitaron una reunión con la directora de la Dirección Desconcentrada de Cultura del Cusco, Maritza Rosa Candia, la misma que se concretó la mañana del 4 de julio sin resultados esperanzadores.

En la cita, “más allá de decir que valoran el patrimonio y cumplen con la ley, no hemos visto [por parte de la Dirección Desconcentrada de Cultura del Cusco] ninguna intención de querer concretar coordinaciones para iniciar pronto la ejecución de la sentencia”, dice la abogada T’ika Luizar Obregón.

Ante este escenario, la Comisión de Juristas evalúa iniciar un trámite para acelerar la ejecución de sentencia en la vía judicial. “Viendo que Cultura no tiene un ánimo de querer ejecutar la sentencia de manera rápida, esta semana presentaremos documentos en el área judicial para acelerar la ejecución”, indica.

Ante un posible escenario en que el sector Cultura les diga que la sentencia no se puede ejecutar por falta de presupuesto, la Comisión de Juristas ya coordina la apertura de una cuenta en soles y dólares para reunir un millón de soles, que es lo que aproximadamente costaría demoler y restituir los andenes incas.

“Pido a la comunidad nacional e internacional que se sumen a esta causa justa. Si es necesario gestionar un presupuesto ciudadano, hagámoslo para ejecutar de una vez esta restitución y no tener justificaciones presupuestales que demorarán más esta obligación que tiene el Estado”, dice T’ika Luizar Obregón.

“Por lo pronto, ya hay trabajadores de construcción civil y propietarios de maquinarias que se están anotando para cumplir con el trabajo de demolición en forma gratuita. Si el Ministerio de Cultura y la empresa alegan falta de personal o dinero, nosotros lo haremos ladrillo por ladrillo con nuestras propias manos. Tenemos derecho a preservar nuestro pasado”, añade la abogada.

 

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Comentarios (1)
TEODORO JOSE (no verificado) Mié, 12/07/2023 - 11:37

Felicitaciones, cuando hay unión y un interés común respecto a un tema particular, han demostrado que se puede lograr ciertos objetivos. Sobre todo en este ejemplo se sienta el precedente y el mensaje que también estamos preparados para hacer frente y defender nuestros derechos ante los grupos de poder económicos que muchas veces creen que con el dinero y el lobby puede hacer lo que se les plazca. Y si entiendo que cuesta tiempo, sacrificio y sobre todo dinero, por eso las felicitaciones del caso.

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