Corte IDH condena a Argentina y ordena titular tierras indígenas

Integrantes de pueblos originarios acampan el 2 de marzo de 2017, en el centro de Buenos Aires (Argentina). Pueblos originarios de la provincia norteña argentina de Salta reclaman no ser desalojados de las tierras donde viven. (Foto: EFE) Integrantes de pueblos originarios acampan el 2 de marzo de 2017, en el centro de Buenos Aires (Argentina). Pueblos originarios de la provincia norteña argentina de Salta reclaman no ser desalojados de las tierras donde viven. (Foto: EFE)

Servindi, 3 de abril, 2020.- La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) condenó al Estado argentino por las violaciones a los derechos de 132 comunidades indígenas pertenecientes a los pueblos Wichí, Iyjwaja, Komlek, Niwackle y Tapy’y, ordenando la entrega de títulos de propiedad de sus tierras ancestrales en un plazo de 6 años.

El caso fue presentado por la Asociación Lhaka Honhat (Nuestra Tierra), ante la invasión de 400.000 hectáreas de tierras ancestrales.

La CorteIDH concluyó que el Estado argentino violó el derecho de propiedad comunitaria, al no dotar de seguridad jurídica a la misma y permitir que se mantenga la presencia de pobladores "criollos", no indígenas, en el territorio. Ello a pesar que el reclamo indígena de propiedad llevaba más de 28 años.

Asimismo, se llegó a la conclusión que Argentina no cuenta con una normativa adecuada para garantizar en forma eficiente el derecho de propiedad comunitaria.

Además, el fallo añade que el Estado argentino no siguió los mecanismos adecuados de consulta previa a las comunidades indígenas sobre un puente internacional construido dentro de sus territorios.

La Corte también determinó que el Estado violó los derechos a la identidad cultural, a un medioambiente sano, a la alimentación adecuada y al agua, a causa de "la falta de efectividad de medidas estatales para detener actividades que resultaron lesivas".

Finalmente, para los jueces, la tala ilegal y otras actividades desarrolladas en el territorio por población criolla —puntualmente la ganadería e instalación de alambrados— afectaron bienes ambientales, incidiendo en el modo tradicional de alimentación de las comunidades indígenas y en su acceso al agua.

Lo que "alteró la forma de vida indígena, lesionando su identidad cultural", según indica la sentencia.

Resultados del fallo

La CorteIDH ordenó al Estado argentino a "adoptar y concluir las acciones necesarias a fin de delimitar, demarcar y otorgar un título que reconozca la propiedad de las 132 comunidades indígenas víctimas", en un plazo de seis años.

En dicho periodo, Argentina deberá "concretar el traslado de la población criolla fuera del territorio indígena", así como remover el alambrado y el ganado perteneciente a pobladores no indígenas.

El Estado también deberá abstenerse de realizar actos, obras o emprendimientos sobre el territorio indígena que puedan afectar su existencia, valor, uso o goce; sin la previa provisión de información a las comunidades indígenas víctimas, como también la realización de consultas previas adecuadas, libres e informadas.

De igual manera, el Estado argentino deberá presentar a la CorteIDH, en un plazo de seis meses, un estudio que identifique situaciones críticas de falta de acceso a agua potable o alimentación.

En un plazo de un año, deberá elaborar un estudio en el que se establezcan acciones para la conservación de aguas, evitando y remediando su contaminación, y para garantizar el acceso permanente a agua potable.

Y, en un plazo no mayor a cuatro años, Argentina deberá crear un fondo de desarrollo comunitario e implementar su ejecución. 

Foto: Corte IDH

Puede leer el comunicado completo haciendo clic en el siguiente enlace: Caso comunidades indígenas miembros de la asociación lhaka honhat (nuestra tierra) vs. Argentina

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Con información de ElDiario.es, publicado el 2 de abril de 2020 en: https://www.eldiario.es/internacional/Corte-Interamericana-condena-Argentina-indigenas_0_1012449940.html

 

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