Servindi, 24 de abril, 2018.- El Centro de Políticas Públicas y Derechos Humanos – Perú Equidad y el Grupo Internacional de Trabajo sobre Asuntos Indígenas (IWGIA, por su sigla en inglés) presentaron un informe alternativo sobre discriminación racial.
El documento de 23 páginas se elaboró en el marco de la convocatoria efectuada por el Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial (CERD) a la sociedad civil para la presentación de informes alternativos.
Cabe destacar que los días 25 y 26 de abril el Estado peruano está llamado a presentar su informe periódico en virtud del artículo 9 de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial. La presentación tendrá lugar en Ginebra, Suiza.
El 30 de abril el Sistema de Naciones Unidas en el Perú, a través del Grupo Interagencial de Interculturalidad y Patrimonio Cultural, realizará una jornada para examinar los informes de Perú ante el CERD, en la Casa de las Naciones Unidas en el Perú, ubicada en el Complejo Javier Pérez de Cuellar.
El Informe de Perú Equidad e IWGIA ha sido preparado con apoyo de Roger Merino y Carlos Quispe cuya nota de presentación publicamos a continuación:
Acceda al informe alternativo de Perú Equidad e IWGIA con un clic en el siguiente enlace:
Discriminación racial en el Perú: informe alternativo
Por Roger Merino y Carlos Quispe
El Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial de la Organización de las Naciones Unidas revisará los próximos 25 y 26 de abril el cumplimiento de las Observaciones finales que realizó sobre los informes periódicos 18 a 21 elaborados por el Estado peruano el año 2014, en el marco de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación Racial (ratificada por Perú el 22 de setiembre de 1971). En un informe presentado en diciembre de 2016, el Estado peruano señaló haber cumplido con las observaciones que le fueron formuladas; sin embargo, luego de revisar el referido documento nos percatamos que distintos temas no fueron considerados y/o no cuentan con la atención que ameritan; incluso, en muchos pasajes solo se enumera largos listados de políticas aprobadas sin señalar algún balance o seguimiento que permita evaluar su alcance e impacto. Es por ello que, con el apoyo de Perú Equidad, elaboramos un informe alternativo, el cual contiene seis ejes que muestran la problemática existente sobre la discriminación racial en el país.
El primer eje se refiere a la discriminación estructural que sufren los pueblos indígenas y afrodescendientes. Para ello, se analizaron cifras oficiales sobre las endebles condiciones de vida en que subsisten, luego se evaluó cómo esto se refleja en la brecha educativa existente y/o en los problemas del sistema de salud donde el nivel de atención es deficitario. Especial énfasis recibe la situación de extrema vulnerabilidad de los pueblos indígenas Awajún del Departamento de Amazonas, donde en los últimos cinco años los casos identificados de VIH se han incrementado en más del 600%. A pesar de ello, en muchos casos las acciones del Estado han sido contraproducentes, por ejemplo, en marzo de 2017 se eliminó sin mayor justificación la Dirección de Pueblos Indígenas en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; esta dirección fue restituida luego de múltiples reclamos, sin embargo, su inicial eliminación generó un grave retraso e inestabilidad en la implementación de las acciones estatales sobre esta materia.
El segundo eje se refiere a la participación de pueblos indígenas y afrodescendientes en políticas públicas y la reacción estatal frente a los conflictos sociales. Destaca la aprobación de mecanismos de planificación y gestión estratégica participativos (“Planes de vida”), utilizados por los pueblos indígenas desde su propia visión; lamentablemente, existen limitaciones en cuanto a la articulación de estos planes con el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico. En relación a la población afroperuana, destaca la aprobación del Plan Nacional de Desarrollo para Población Afroperuana (2016-2020), que tiene por objeto garantizar la atención de las necesidades de ese sector de la población. Hasta la fecha, sin embargo, no se observan informes de seguimiento y/o evaluación sobre los avances en la implementación del referido plan.
En cuanto a la participación política, en las elecciones Regionales y Municipales del 2014 se presenció un incremento de la cuota indígena; sin embargo, de los 2,494 candidatos indígenas que participaron (de un universo total de 106,058 candidaturas), solo 131 resultaron elegidos. Aun cuando las personas indígenas constituirían el 14,8% del padrón nacional, solo 1,1% del total de autoridades electas fueron indígenas, lo que debe llevar a replantear los actuales mecanismos de representación.
Con relación a la reacción estatal frente a los conflictos sociales, se deja constancia de que un alto porcentaje de personas ha fenecido como consecuencia del uso de la fuerza para reprimir protestas sociales. Paralelamente, existen convenios celebrados entre la Policía y empresas privadas que posibilitan que divisiones especializadas en combatir el terrorismo y el narcotráfico repriman protestas contra proyectos extractivos. En resumidas cuentas, durante los últimos años, la criminalización de la protesta social ha ido en aumento: 800 personas defensoras enfrentan procesos judiciales, el 70% de ellas relacionadas a derechos medioambientales y de pueblos indígenas, y recientes cambios en la normativa han ampliado los tipos de penas que facilitan su persecución legal, incluyendo el uso indiscriminado de prisiones preventivas y la declaratoria de estados de emergencia. Recientemente, se han dado sentencias que han obligado a personas defensoras a pasar a la clandestinidad. Muchas de ellas han sido difamadas y estigmatizadas por actores estatales y no estatales, con un discurso que las equipara a terroristas contra el desarrollo.
El tercer eje aborda la implementación de la consulta previa, poniendo especial énfasis en su desarrollo institucional, así como en su implementación. Si bien el Perú es el único país de la región que cuenta con una ley general de consulta previa, ésta se encuentra por debajo del estándar internacional del consentimiento libre, previo e informado.(1) Otro problema es que los criterios utilizados en los procesos varían por sector, asimismo, muchas críticas cuestionan que el Viceministerio de Interculturalidad no cuente con la autonomía institucional requerida para poder acompañar los procesos de consulta.
La puesta en práctica de la consulta evidencia varios problemas de ejecución. Por ejemplo, en el proceso de consulta sobre el lote 192 – “Cuatro Cuencas” existió fuertes cuestionamientos a la representación y legitimidad de ciertas federaciones introducidas por el Estado cuando el proceso ya había iniciado, así como mala fe reflejada en la suscripción de acuerdos solo con algunas federaciones y la culminación unilateral del proceso, para luego suscribir nuevas actas donde se asumen compromisos que en lo concreto no han pasado de generar meras expectativas. Otro ejemplo es el proceso de consulta del proyecto Minero Aurora, sobre el cual la Defensoría del Pueblo señaló serias críticas, como la ausencia de materiales orientados hacia la comprensión de la información; carencia de un lenguaje sencillo y comprensible (más aun ante una población mayoritariamente quechua hablante); escasa asistencia técnica; entre otros. (2).
El cuarto eje se refiere a las políticas y acciones tendientes a garantizar el derecho a la titulación y el reconocimiento de los territorios indígenas, incluyendo la situación de las reservas indígenas para pueblos en aislamiento y contacto inicial (PIACI). Se cuestiona la presencia de normativa inconexa y procedimientos altamente burocratizados y costosos llevados por gobiernos regionales que no tienen las capacidades para titular la tierra comunal. Situación que se agrava con la aprobación de dispositivos normativos de reactivación económica que flexibilizan trámites para la expropiación o disposición de territorio indígena. En respuesta, los pueblos indígenas han ido articulándose y en algunos casos –como ocurrió con la nación Wampis –se han constituido como Gobierno Territorial Autónomo, notificando al Estado su decisión de no permitir que se realicen más actividades extractivas en su territorio.(3)
En cuanto a la situación de los PIACI, se sigue otorgando concesiones forestales e hidrocarburíferas hasta por 25 años en espacios habitados por estos pueblos. Especial relevancia tienen los pueblos que habitan la Reserva Territorial Kugapakori, Nahua Nanti, sobre la que se superpone el 74% del Lote 88. Actualmente, distintos pueblos que habitan al interior de la Reserva afrontan una situación crítica de salud por presencia de mercurio en su organismo y alta incidencia de enfermedades infecciosas agudas y crónicas, sin que a la fecha existan planes concretos más allá de simples declaraciones de buena voluntad.(4)
El quinto eje aborda las políticas de reparación, tanto aquellas desarrolladas para paliar los efectos del conflicto armado interno y la violencia de Estado, como aquellas que abordan los daños ambientales producidos por décadas de explotación petrolera en territorios indígenas. En relación a lo primero, se cuestiona que, contrariando la política de reparaciones, el 24 de diciembre de 2017 (Resolución Suprema N° 281-2017-JUS), se haya otorgado el indulto humanitario al ex dictador Alberto Fujimori, condenado por crímenes de lesa humanidad, y violación de derechos humanos. Este indulto fue seriamente cuestionado por no cumplir con los requisitos legales mínimos (plazos, independencia de la junta médica, entre otros), y se encuentra actualmente bajo revisión de la Corte Interamericana de Derechos Humanos al contravenir el cumplimiento de lo ordenado en sus sentencias de los casos Barrios Altos (2001) y La Cantuta (2006).(5)
En cuanto a la reparación por daños ambientales principalmente por los reiterados derrames de petróleo en la Amazonia, se identificó que las declaratorias de emergencia ambiental y sanitaria suelen demorar, las acciones son desarticuladas y muchas veces insuficientes. Todo ello lleva a que sean las mismas comunidades quienes se organicen a través de sus federaciones y busquen hacer frente a la situación. Muestra de ello es que distintas federaciones pertenecientes a los Lotes 192 u 8, cuentan con agendas propias por las cuales exigen al Estado, a través de mesas de trabajo multisectorial o mediante medidas de protesta, la remediación de sus territorios afectados por la contaminación petrolera. Nuevamente, más allá de las declaraciones, no existen medidas concretas que se vengan implementando.
Finalmente, el sexto eje desarrolla la temática de refugiados y migrantes, con especial énfasis a la situación de personas de nacionalidad venezolana. Recientemente, la Agencia de la ONU para los Refugiados (ACNUR) ha exhortado a los países de la región que consideren tratar a la población venezolana bajo el derecho internacional de los refugiados (6), en similar sentido ha ido la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (7). Según cifras de la Superintendencia Nacional de Migraciones, en el Perú hay más de 146 000 venezolanos/as, de las que un total de 31 300 cuentan con Permiso Temporal de Permanencia. Lamentablemente, el alto flujo migratorio viene impactando la estructura social del país, de por sí de carácter racista y clasista. Al no existir planes, políticas o programas educativos enfocados en concientizar a la población acerca de la importancia del multiculturalismo, se observa a diario múltiples manifestaciones xenófobas y discriminatorias en la sociedad y las redes sociales.
La discriminación racial sigue siendo un problema estructural en el Perú que afecta especialmente a la población indígena y afrodescendiente, quienes se encuentran en permanente situación de exclusión. Existen esfuerzos para desplegar políticas públicas que afronten este tema, tales como las políticas de salud y la educación intercultural, y mecanismos de alerta contra el racismo, sin embargo, se las políticas y planes aprobados carecen de mecanismos de seguimiento y evaluación o, en todo caso, a la fecha no se observan reportes de cumplimiento que muestren los resultados de estos esfuerzos. Estos problemas de efectividad deben ser abordados mediante el diseño de canales institucionales que permiten realizar el monitoreo de los planes y políticas aprobados.
Por otro lado, existen diseños legales cuestionables como aquel de la consulta previa o la titulación de tierra comunal, o incluso retrocesos como la normativa sobre uso de la violencia pública en conflictos sociales. Estos mecanismos legales en última instancia afectan más a las poblaciones indígenas, amazónicas y rurales, que son las que más sufren de la exclusión social y la discriminación. Para afrontar estos problemas es necesario una mayor deliberación y participación de los grupos afectados para definir cómo mejorar estos ámbitos normativos. Solo abordando todos estos temas de manera integral podremos avanzar en la tarea de erradicar la discriminación racial de las estructuras del Estado y la sociedad.
Notas:
(1) Merino, Roger (2017) Law and politics of Indigenous self-determination: the meaning of the right to prior consultation. En: Indigenous Peoples as Subjects of International Law. Irene Watson ed (New York, London: Routledge, 2017).
(2) Defensoría del Pueblo (2016). Evaluación de la Etapa Informativa del proceso de Consulta Previa al Proyecto de Exploración Minera Aurora. Informe N° 001-2016-DP/AMASPPI-PPI. Disponible en el siguiente enlace: http://www.defensoria.gob.pe/modules/Downloads/documentos/Informe-01-2016-Amasppi-Recomendacion-Consulta-Previa.pdf
(3) Merino, Roger (2017) “Autodeterminación indígena y gobernanza territorial en la Amazonía”. En Revista Argumentos, Edición N° 3, Año 11, Diciembre 2017. Disponible en http://revistaargumentos.iep.org.pe/articulos/autodeterminacion-indigena...
(4) Quispe, Carlos (2018). A Parallel Peru: The Situation of Indigenous Peoples in Isolation and Initial Contact. En: Amphibious Accounts: Human Rights Stories from the Global South, De Justicia, Colombia. Disponible en: http://www.amphibiousaccounts.org/#!/publicacion/93c
(5) Merino, Roger (2018) La política de la impunidad, Ideele Revista Nº 277, disponible: https://revistaideele.com/ideele/content/la-pol%C3%ADtica-de-la-impunidad
(6) UNHCR (2018), “Guidance Note on the Outflow of Venezuelans”. Disponible en: http://www.refworld.org/docid/5a9ff3cc4.html
(7) CIDH-OEA (2018). “Migración forzada de personas venezolanas”. Resolución N° 2/18. Disponible en: http://www.oas.org/es/cidh/decisiones/pdf/Resolucion-2-18-es.pdf
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