Servindi, 7 de setiembre, 2016.- La Confederación Nacional Agraria (CNA) expresó su rechazo al proyecto de ley N° 213/2016- CR presentado por la congresista fujimorista María Ursula Letona y que busca modificar la Ley de Consulta Previa.
La citada organización considera que la iniciativa representa un retroceso en el ejercicio del derecho a la consulta previa al imtentar omitir procesos de consulta y validar “acuerdos previos” en casos de actividades económicas..
A continuación compartimos el pronunciamiento.
Alerta: Propuesta de ley del fujimorismo busca atropellar nuestro derecho a la consulta previa
- Propuesta quiere modificar el artículo 2 de la Ley de Consulta Previa para omitir procesos de consulta y validar “acuerdos previos” en casos de actividades económicas.
Miércoles, 07 de setiembre de 2016.- El día de ayer, la congresista de la bancada fujimorista, María Úrsula Letona, presentó al Congreso de la República un proyecto de ley que vulnera la naturaleza de nuestro derecho a la consulta previa. El mencionado proyecto busca modificar el artículo 2 de la Ley 29785, Ley del Derecho a la Consulta Previa a los Pueblos Indígenas u Originarios, reconocido en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
El artículo 2 de la Ley en la actualidad es así:
Es el derecho de los pueblos indígenas u originarios a ser consultados de forma previa sobre las medidas legislativas o administrativas que afecten directamente sus derechos colectivos, sobre su existencia física, identidad cultural, calidad de vida o desarrollo. También corresponde efectuar la consulta respecto a los planes, programas y proyectos de desarrollo nacional y regional que afecten directamente estos derechos.
La consulta a la que hace referencia la presente Ley es implementada de forma obligatoria solo por el Estado.
El proyecto presentado agrega un tercer párrafo:
En los casos que el pueblo indígena u originario haya autorizado expresamente la realización de cualquier tipo de actividad económica o productiva formal a través de contrato, convenio o acuerdo previo formal vigente, no procede la consulta previa, ni tampoco cuando se cuenta con autorización previa conforme a Ley, se omite la consulta previa, haciéndose extensiva a todas sus etapas.
Dentro de los argumentos que justifican la modificatoria, está la promoción de la inversión privada, la estabilidad jurídica y el bloqueo de surgimiento de conflictos sociales. Sin embargo, desde la Confederación Nacional Agraria – CNA consideramos que esta propuesta es un retroceso del reconocimiento del derecho a consulta previa en el país.
Nuestra organización reconoce a la consulta previa como un garante del cumplimiento de otros derechos colectivos de los pueblos indígenas u originarios, tiene que ver la autodeterminación de los mismos pueblos y con procedimiento legal del Estado, que tiene la obligación de proveer información pertinente y hacer efectivo el cumplimiento de protocolos que recojan la decisión de los pueblos frente a algún proyecto que les afecte.
No solo se trata de agilizar el permiso para alguna actividad económica. Validar “acuerdos previos” y omitir procesos de consulta previa, incurriría a informalizar el proceso y dar carta abierta a arreglos bajo la mesa o de naturaleza turbia, que a la larga generarían más conflictos sociales. El rol del Estado no puede debilitarse en estos procesos.
Desde CNA, llamamos a las organizaciones indígenas a estar atentas a lo que sería una nueva vulneración de la Ley, en cuyo proceso de implementación hemos trabajado desde sus inicios. Exigimos al Congreso de la República rechazar esa propuesta de Ley y, por el contrario, aprobar la Ley de Consulta Previa Legislativa, que garantizaría se nos consulten las leyes antes de ser aprobadas en el Parlamento.
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